ENTERATE SI PODES ACCEDER A LA TARIFA SOCIAL
El Gobierno nacional estimó que unos 900.000 hogares de los 3,7 millones que tendrán aumento en el pago de la electricidad, podrían ser beneficiados por la Tarifa Social.
Pero, los parámetros establecidos para poder calificar podrían hacer que ese universo de beneficiarios fuese menor.
Esto es así porque, aún en los casos en los que el titular de este servicio público acreditara no exceder ninguno de los parámetros fijados, podría quedar excluido del beneficio sí del cruce de datos de las distribuidoras de energía eléctrica con los registros censales de población y vivienda, como la Encuesta Permanente de Hogares, arrojara que en la unidad habitacional viven otros miembros de la familia del titular que perciben ingresos superiores al de la persona registrada ante las distribuidoras eléctricas.
Los requisitos para acceder a una tarifa social son:
1) Ser jubilado o pensionado por un monto equivalente a dos veces el haber mínimo nacional:
2) Personas con empleo en relación de dependencia, que perciben una remuneración bruta menor o igual a 2 Salarios Mínimos Vital y Móvil (SMVyM). Hoy el SMVyM se encuentra en $6.060, por lo que la cifra que se tomará como referencia será $12.120;
3) Ser titular de programas sociales;
4) Estar inscripto en el Régimen de Monotributo Social;
5) Estar incorporado en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (artículo 21 de la Ley N° 25.239);
6) Estar percibiendo el seguro de desempleo;
7) Contar con certificado de discapacidad
Aún cumpliendo estos requisitos los usuarios pueden quedar automáticamente descartados del sistema si se encuentra en una o más de las siguientes situaciones:
1) Cruce por padrón de fallecidos;
2) Registro de propiedad Inmueble —quedará excluido cuando sea titular de más de un inmueble;
3) Padrón de Automotores —quedarán excluidos aquellos cuyos modelos tengan hasta 15 años de antigüedad;
4) Embarcaciones de lujo —quedarán excluidos quienes posean aeronaves o embarcaciones de lujo
Otro aspecto a tener en cuenta es de los inquilinos, para los que el Ministerio de Energía va a analizar los diferentes casos porque es común que muchos de ellos están obligados a pagar el consumo del servicio eléctrico sin cambiar la titularidad del consumo, mientras que el dueño de la vivienda puede ser propietario de más de un inmueble, que es una de las condiciones excluyentes.
0 comentarios:
Publicar un comentario